Política

Santa Cruz fijó las superficies máximas de tierras para propietarios extranjeros

A efectos de establecer las superficies máximas que puedan ser ocupadas o adquiridas por un mismo extranjero, se tomaron en consideración “las características morfológicas, climáticas, productivas y geopolíticas".

La provincia de Santa Cruz cumplió finalmente con el requerimiento de establecer las superficies máximas de su territorio que pueden ser ocupadas o adquiridas por extranjeros.

El pasado 8 de noviembre, durante la licencia de Alicia Kirchner, el vicegobernador Pablo González firmó el decreto 994 que establece las superficies máximas a ser adquiridas son: 30.000 hectáreas para establecimientos ubicados en los Departamentos Deseado y Magallanes; 20.000 hectáreas para establecimientos ubicados en los Departamentos Corpen Aike y Güer Aike; y 10.000 hectáreas para establecimientos ubicados en los Departamentos Lago Buenos Aires, Río Chico y Lago Argentino.

En 2012 la presidente Cristina Fernández de Kirchner firmó el Decreto Reglamentario de la Ley Nº 26.737. El artículo 10 establece que cada provincia debería elevar al Consejo Interministerial de Tierras Rurales la propuesta de equivalencias en el territorio de jurisdicción provincial.

Una a una las provincias fueron cumpliendo con dicho requisito redactando sus respectivos decretos en donde fijan los máximos de tierras a los que pueden acceder capitales extranjeros.

A efectos de establecer las superficies máximas que puedan ser ocupadas o adquiridas por un mismo extranjero se tomaron en consideración “las características morfológicas, climáticas, productivas, geopolíticas, socio-culturales, y demás variantes que se consideran aplicables”, afirma el decreto provincial.

Además, se establece que simultáneamente al requisito de la superficie máxima equivalente, “el predio de cada ocupante o adquiriente extranjero no podrá estar ubicado total ni parcialmente en zona de Área Provincial Protegida, Área de Reserva Natural Provincial, Reserva Provincial, Reserva Provincial Intangible, Área de Uso Especial, Área de Uso Científico, Parques Provinciales y Monumentos Naturales”.

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