Correo de Lectores
Como en la dictadura

Fuerte rechazo a la bajada de línea de Alicia Kirchner sobre la libertad de expresión en Santa Cruz

Comunicado de Juntos por el Cambio contra Alicia Kirchner. (Foto: NOVA)

En un escrito difundido en las últimas horas, por parte del Partido Juntos por el Cambio de la Comisión de Libertad de Santa Cruz, denunciaron el gravísimo accionar contra la libertad de expresión de la gobernadora Alicia Kirchner, emitido a través de la resolución N° 0632020, emitida por el Ministerio de Seguridad de la provincia sureña y publicada en el Boletín oficial del 16 de abril.

Aquella resolución “prohíbe a todo el personal del Sistema de seguridad pública provincial (Ministerio de Seguridad, Policía Provincial, Agencia de Seguridad Vial Servicio Penitenciario Provincial, Subsecretaria de Protección Civil y Abordaje Integral) difundir información pública inclusive en sus perfiles personales”.

Cabe destacar que, desde el sector radical, indicaron que “entre las restricciones que dispone aclara que tampoco se pueden crear perfiles públicos que vulneren la imagen institucional ni publicar en redes sociales acciones propias del desempeño de su actividad profesional”.

La repudiable y aberrante “resolución viola los arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional, el art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos ("1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento su elección. 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores.) y la Ley 27.275 de Acceso a la información Pública, además de otros tratados internacionales”.

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, previendo este tipo de abusos y violaciones a los derechos fundamentales, advirtió el 10 de abril, en la Recomendación N° 32 de la Resolución 1/20 que se debe respetar "la prohibición de censura previa y abstenerse de bloquear total o parcialmente sitios de medios de comunicación, plataformas o cuentas particulares en Internet".

“Es justamente en tiempos de pandemia que es más necesario contar con información en formatos abiertos y de manera accesible a todos los grupos en situación de vulnerabilidad", tal como lo describe la CIDH en su Recomendación N° 33.

En este sentido, se considera que, incidir en el tráfico de la información pública es un ataque al libre acceso y a la circulación de la información que es la garante del ejercicio democrático.

Lectores: 1280

Envianos tu comentario